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Corte de inmigraciónImportante

El BIA cambió el estándar sobre cuánto tiempo da la corte para conseguir abogado

Hasta ahora regía la idea de un "período razonable y realista". El BIA se retiró de esa frase.

Estado
Vigente
Certeza
Confirmado oficialmente

Publicado 16 AGO 2026 · Fecha oficial del 14 AGO 2026
Por Anabeth Camarillo
Última verificación: 3 OCT 2026

El 14 de agosto de 2026, la Junta de Apelaciones de Inmigración publicó una decisión con valor de precedente, Matter of A-K-R-, que cambia lo que una persona puede esperar en cuanto a tiempo para conseguir abogado antes de su audiencia.

Desde 2012 existía una frase en una decisión anterior, Matter of C-B-, que decía que el juez debía conceder un período razonable y realista para que la persona pudiera buscar, hablar con y contratar a un abogado. Muchos la citaban al pedir más tiempo.

En esta nueva decisión, el BIA se retiró de esa frase. Dijo que no tenía respaldo en el texto de la ley y que, por lo tanto, no es un mandato legal. El BIA sostuvo que el único requisito de tiempo que la ley establece para proteger el derecho a contar con abogado es que la primera audiencia no se programe antes de diez días desde la entrega de la notificación de comparecencia.

En el caso concreto, se trataba de una persona detenida cuya primera audiencia fue 26 días después de recibir su notificación, a quien el juez ya había concedido dos prórrogas y que, aun así, llegó a la audiencia final sin presentar su solicitud. El BIA confirmó que negarle más tiempo fue correcto.

Es importante no leer esto de más. La decisión no elimina las continuaciones ni prohíbe pedir más tiempo. El juez sigue pudiendo concederlas cuando hay causa suficiente. Lo que cambió es que recibir más tiempo ya no se apoya en aquel estándar general, y conviene asumir que no es automático.

Lo más importante para usted

  • Si tiene audiencia y todavía no tiene abogado, no deje la búsqueda para después de la primera cita.
  • Pedir más tiempo sigue siendo posible, pero no dé por hecho que se lo van a dar.
  • Si le conceden una prórroga, aproveche ese plazo completo; una segunda no está garantizada.
  • Guarde constancia de sus gestiones: a quién llamó, cuándo y qué le respondieron.
  • Si está detenido y sin recursos, pida en la corte la lista de servicios legales gratuitos o de bajo costo.

Lo que todavía debe confirmarse

Cómo aplicarán esta decisión las cortes federales de apelación de cada región. El propio BIA señala que un tribunal federal había resuelto recientemente en sentido contrario, y esa tensión no está resuelta.

Fuentes oficiales

  • justice.govBoard of Immigration Appeals, Matter of A-K-R-, 29 I&N Dec. 839 (BIA 2026), decidido el 14 de agosto de 2026Ver documento

HISTORIAL

  1. 14 AGO 2026Fecha oficial
  2. 16 AGO 2026Publicado en Amparly Newsroom
  3. 3 OCT 2026Última verificación de Amparly

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